El Tribunal Constitucional ha rechazado los recursos presentados por la Junta de Andalucía y la Xunta de Galicia contra la ley del impuesto de las grandes fortunas, como ya ocurriera con la impugnación formulada por la Comunidad de Madrid, desestimada el pasado día 7. En las nuevas sentencias se ha aplicado la doctrina elaborada en la primera resolución, de modo que la nueva figura impositiva no invada las atribuciones de las comunidades autónomas al hacer uso de competencias que el órgano de garantías considera de titularidad estatal. En el caso del fallo relativo a Madrid, el tribunal subrayó también que el impuesto a las grandes fortunas no es confiscatorio, como planteaba el Ejecutivo de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
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